Calculadora de Monotributo Argentina 2025
Descubrí tu categoría de Monotributo, la cuota mensual y el desglose por componente impositivo, previsional y obra social. Con gráficas interactivas, tabla descargable y toggle ARS/USD. Basado en RG AFIP 5626/2024.
Actualizado: Mayo 2025 · Monotributo AFIP 2025 · Basado en RG AFIP 5626/2024 [1]
Categoría asignada
E
Total mensual Monotributo
$ 102.539
4.1% componente impositivo
Componente impositivo
$ 47.805
Componente previsional
$ 22.864
Componente obra social
$ 31.870
Composición de tu cuota mensual
Tu categoría vs todas las categorías Monotributo
Proyección de costo anual acumulado
Categoría asignada
| Concepto | Valor (ARS) | % del total |
|---|---|---|
| Componente impositivo | 47.805 | 46.6% |
| Componente previsional | 22.864 | 22.3% |
| Componente obra social | 31.870 | 31.1% |
| ** Total mensual Monotributo | 102.539 | 100.0% |
Todo lo que necesitás saber sobre el Monotributo en Argentina
¿Qué es el Monotributo?
El Monotributo es un régimen tributario simplificado creado por la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) para que los pequeños contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones fiscales de manera simple y accesible. Fue establecido originalmente por la Ley 25.865 y su reglamentación se encuentra en la Resolución General 5364/2023 [2] [3].
Abarca tres componentes fundamentales en una única cuota mensual: el componente impositivo (que reemplaza al IVA y ganancias), el componente previsional (aportes jubilatorios) y el componente obra social (cobertura de salud). Esto significa que con un solo pago mensual estás al día con tus obligaciones tributarias y previsionales [1].
¿Quiénes pueden adherirse al Monotributo?
Podés ser monotributista si cumplís con los siguientes requisitos:
- Personas humanas que desarrollen actividades económicas por cuenta propia (profesionales, freelancers, comerciantes, artesanos, etc.)
- Sociedades de hecho conformadas por hasta 2 personas humanas (excepto sociedades de hecho con más de 2 socios)
- Profesionales universitarios que ejercen de forma independiente
- Sucesiones indivisas continuadoras de actividades del causante
No pueden ser monotributistas: quienes estén en relación de dependencia y superen los límites, sociedades regulares (SA, SRL, SAS), empresas del artículo 69 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, y quienes facturen montos que excedan los topes de la categoría máxima [2].
Categorías del Monotributo 2025
El sistema tiene 11 categorías (A hasta K) para actividades de comercio e industria, y 8 categorías (A hasta H) para actividades de servicios. La categoría se determina cruzando cuatro parámetros: ingresos brutos anuales, superficie afectada a la actividad, energía eléctrica consumida anualmente y alquileres devengados [1].
Cada parámetro tiene un límite por categoría. La categoría que te corresponde es la más alta que resulte de comparar cada uno de tus parámetros con los límites de la tabla. Es decir, si por ingresos estás en la categoría D, pero por superficie te corresponde la F, tu categoría final será la F.
Los tres componentes de la cuota mensual
1. Componente impositivo: Es el impuesto propiamente dicho. Reemplaza la obligación de liquidar y pagar IVA e Impuesto a las Ganancias de forma independiente. En las categorías A y B este componente es $0 (cero), por lo que solo pagás los componentes previsional y de obra social [1].
2. Componente previsional (SIPER): Son los aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino. Si ya estás aportando como empleado en relación de dependencia o como autónomo en otra categoría, podés solicitar la exclusión de este componente presentando el formulario correspondiente ante la AFIP. Esto reduce significativamente la cuota mensual [2].
3. Componente obra social: Es la contribución a la obra social que brinda cobertura de salud. Podés elegir la obra social que prefieras dentro de las disponibles para monotributistas, y también podés agregar adherentes (grupo familiar) pagando un adicional [3].
Límites por categoría — Servicios 2025
Para actividades de servicios (profesionales, freelancers, oficios), las categorías van de la A a la H con los siguientes límites de ingresos brutos anuales:
- Categoría A: hasta $2.957.498 anuales · hasta 22 m² · hasta 1.500 kWh anuales
- Categoría B: hasta $4.386.209 anuales · hasta 22 m² · hasta 1.500 kWh anuales
- Categoría C: hasta $6.172.398 anuales · hasta 33 m² · hasta 2.000 kWh anuales
- Categoría D: hasta $7.958.586 anuales · hasta 45 m² · hasta 2.500 kWh anuales
- Categoría E: hasta $9.927.254 anuales · hasta 50 m² · hasta 3.000 kWh anuales
- Categoría F: hasta $11.895.922 anuales · hasta 60 m² · hasta 3.500 kWh anuales
- Categoría G: hasta $14.444.291 anuales · hasta 85 m² · hasta 4.500 kWh anuales
- Categoría H: hasta $17.639.660 anuales · hasta 110 m² · hasta 5.500 kWh anuales
Para comercio e industria, se agregan las categorías I, J y K con límites superiores que alcanzan hasta $31.764.587 de ingresos brutos anuales [1].
Recategorización: cuándo y cómo
La recategorización es obligatoria y se realiza dos veces al año: en enero y en julio. Debés declarar tus ingresos, superficie, energía y alquileres de los últimos 12 meses para que la AFIP te asigne la categoría que corresponda. Si tus parámetros cambiaron (creciste o decreciste), tu categoría y tu cuota se ajustan automáticamente [1] [2].
El proceso se realiza a través del portal Mi Monotributo en la página de la AFIP con tu Clave Fiscal. Es un trámite gratuito que lleva pocos minutos. Si no te recategorizás, la AFIP puede aplicarte una categoría de oficio basada en los datos que tiene del período anterior.
Facturación y obligaciones formales
Como monotributista, estás obligado a emitir factura electrónica por todas tus operaciones. Para ello, necesitás tener el servicio de facturación electrónica habilitado en la AFIP (servicio "Comprobantes en Línea" o un web service homologado). La factura debe emitirse al momento de la venta o prestación del servicio [3].
Además, debés mantener los libros y registros que correspondan a tu actividad, conservar las facturas de tus compras y llevar un registro de ingresos y gastos que respalde tu situación fiscal.
Baja del Monotributo
Podés darte de baja en cualquier momento a través de Mi Monotributo. La baja es inmediata y te libera de la obligación de pagar la cuota a partir del mes siguiente. Sin embargo, si dejaste de cumplir con los requisitos (por ejemplo, superaste los límites de facturación), estás obligado a comunicar la baja dentro de los plazos establecidos para evitar multas y sanciones [2].
Si superás los límites de la categoría K (comercio) u H (servicios), debés pasar al régimen general como Responsable Inscripto, lo que implica liquidar IVA y Ganancias de forma independiente y enfrentar una carga administrativa significativamente mayor.
Ventajas del Monotributo vs. Responsable Inscripto
La principal ventaja es la simplicidad: un solo pago mensual cubre IVA, Ganancias, aportes jubilatorios y obra social. No necesitás contador para liquidar impuestos mensuales ni presentar declaraciones juradas complejas. La cuota es fija y predecible, lo que facilita la planificación financiera [1].
Sin embargo, el Monotributo tiene desventajas: no podés computar créditos fiscales de IVA por tus compras, la deducción de gastos es limitada y la categoría crece en forma escalonada, lo que puede generar "saltos" abruptos en la cuota cuando cambiás de categoría.
Novedades 2025
Para el período 2025, la AFIP actualizó los valores de las categorías mediante la Resolución General 5626/2024, aplicando el coeficiente de movilidad correspondiente. Los topes de facturación, superficie, energía y alquileres se incrementaron respecto al período anterior, reflejando la inflación acumulada. También se mantienen los beneficios para monotributistas adheridos al programa Potenciar Trabajo y otras políticas sociales [1] [2].
Fuentes:
- [1] AFIP — Monotributo: Categorías y parámetros vigentes (afip.gob.ar)
- [2] Resolución General AFIP 5364/2023 — Régimen Simplificado (boletinoficial.gob.ar)
- [3] Argentina.gob.ar — Información oficial sobre Monotributo (argentina.gob.ar)
Ejemplo Práctico: Gonzalo, diseñador UX freelance en Buenos Aires
Gonzalo factura $800.000 ARS mensuales por servicios de diseño UX para clientes argentinos y del exterior. Trabaja desde un home office de 18 m² y consume aproximadamente 350 kWh mensuales de energía eléctrica.
Determinación de categoría:
- Ingresos brutos anuales = $800.000 × 12 = $9.600.000
- Superficie afectada = 18 m²
- Energía eléctrica anual = 350 × 12 = 4.200 kWh
Por ingresos ($9.600.000), Gonzalo entra en la categoría E (hasta $9.927.254). Por superficie (18 m²) y energía (4.200 kWh), también estaría dentro de los límites de categorías superiores. La categoría final es la E (la más alta entre todos los parámetros).
Cuota mensual categoría E — Servicios:
- Componente impositivo: $5.806,49
- Componente previsional: $7.058,91
- Componente obra social: $5.682,56
- Total mensual = $18.547,96 ARS
Esto representa un 2,32% de sus ingresos brutos mensuales. Mucho menos que lo que pagaría como Responsable Inscripto liquidando IVA (21%) y Ganancias (hasta 35%).
Costo anual: $18.547,96 × 12 = $222.575,52 ARS anuales
Ajustá los sliders arriba para ver tu propio escenario en tiempo real.
Preguntas Frecuentes
¿Cuánto es lo máximo que puedo facturar en el Monotributo 2025?
Para servicios, el tope es de $17.639.660 anuales (categoría H). Para comercio e industria, el tope llega a $31.764.587 anuales (categoría K). Si superás estos montos, debés pasar al régimen general como Responsable Inscripto.
¿Puedo no pagar el componente previsional?
Sí. Si ya estás aportando al sistema previsional por otro lado (por ejemplo, como empleado en relación de dependencia o como autónomo), podés solicitar la exclusión del componente previsional a través de Mi Monotributo en la AFIP. Esto reduce tu cuota mensual significativamente.
¿Cuándo me tengo que recategorizar?
La recategorización es obligatoria y se realiza dos veces al año: en enero (período enero a junio) y en julio (período julio a diciembre). Debés ingresar a Mi Monotributo con tu Clave Fiscal y declarar tus parámetros actualizados. El trámite es gratuito y tarda pocos minutos.
¿Qué pasa si supero los límites de mi categoría?
Si durante el cuatrimestre superás los límites de tu categoría actual, debés recategorizarte en la próxima ventana (enero o julio) y pagar la cuota correspondiente a la nueva categoría. Si superás los límites de la categoría máxima, debés dar de baja el Monotributo y pasar a Responsable Inscripto.
¿El Monotributo incluye IVA y Ganancias?
Sí. El componente impositivo del Monotributo reemplaza la obligación de liquidar y pagar el IVA y el Impuesto a las Ganancias de forma independiente. Sin embargo, no podés computar créditos fiscales de IVA por tus compras, ya que el régimen es simplificado y no prevé liquidaciones individuales.
⚠️ Disclaimer: Esta calculadora es solo para fines informativos y de estimación. No constituye asesoría fiscal, contable, legal o financiera vinculante. Los cálculos se basan en la Resolución General AFIP 5626/2024 y la tabla de categorías Monotributo 2025 vigente a la fecha de actualización. Las leyes tributarias y los valores de las categorías cambian periódicamente y cada situación particular puede tener variaciones no contempladas aquí. Consultá siempre a un contador público matriculado y verificá la normativa vigente en afip.gob.ar.
📚 Fuentes y Referencias
- AFIP — Administración Federal de Ingresos Públicos (afip.gob.ar) — Monotributo, categorización y recategorización
- Resolución General AFIP 5626/2024 — Tabla de categorías Monotributo 2025 — (afip.gob.ar)
- Resolución General AFIP 5364/2023 — Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes — (boletinoficial.gob.ar)
- Argentina.gob.ar — Monotributo: información oficial — (argentina.gob.ar)
- AFIP — Portal Monotributo: adhesión, recategorización, bajas — (afip.gob.ar)
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